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FACUA denuncia a Guadalagua ante el Ministerio de Consumo

Por no tener un teléfono de atención gratuita que cubra algo más que las averías

guadalaguaOficina de Guadalagua en Guadalajara

FACUA-Consumidores en Acción ha presentado una batería de denuncias ante la Dirección General de Consumo del Ministerio de Alberto Garzón y diferentes autoridades de protección al consumidor autonómicas tras comprobar que 6 de cada 10 suministradoras de agua incumplen la ley que obliga a tener teléfonos gratuitos.

Según un análisis realizado por la asociación sobre las páginas web de 42 empresas suministradoras de agua, que abarcan todas las capitales de provincia además de cientos de localidades a las que también abastecen, han comprobado que sólo 17 cumplen con la normativa, ofertando teléfonos gratuitos que aseguran la atención al consumidor en un sentido amplio.

Entre las que incumplen se encuentra, según FACUA, Guadalagua que aunque ofrece un teléfono gratuito sólo se puede usar para averías y no para ningún otro tipo de gestión.

Captura de pantalla 2021-09-09 a las 13.57.00Ésta es la información que ofrece Guadalagua en su web

Qué dice la ley

Desde el pasado diciembre, a raíz de las reivindicaciones planteadas por FACUA desde el inicio de la legislatura al ministro de Consumo, el artículo 21 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que "en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor gratuito. A estos efectos, tendrán la consideración de servicios de carácter básico de interés general los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen".

En cuanto a las empresas que no ofrecen servicios básicos de interés general, la normativa recoge que "en caso de que el empresario ponga a disposición de los consumidores y usuarios una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el uso de tal línea no podrá suponer para el consumidor y usuario un coste superior al coste de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar".

Si utilizara una línea de tarificación especial que supone un coste para el consumidor, el empresario debe facilitar "junto con la información sobre dicha línea telefónica de tarificación especial y en igualdad de condiciones, información sobre un número geográfico o móvil alternativo".

FACUA indica a los consumidores que hayan tenido que soportar algún coste extra a la hora de llamar a los servicios de atención al cliente que podrán reclamar a las empresas el abono de las cantidades que tengan que pagar por ello a sus compañías de telecomunicaciones. Y en los casos en que sea obligatorio facilitar líneas gratuitas, también puede reclamarse el importe de las llamadas a teléfonos móviles y fijos con prefijos nacionales o internacionales.

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