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Cataluña privilegiada por Sánchez

La Constitucion Española de 1978 , en el Titulo VIII, recoge la Organizaciòn Territorial del Estado , que nos habla de municipios , provincias y comunidades autónoma (artº 137) como las tres entidades que lo constituyen . La creación de las comunidades autónomas perseguía dos objetivos: la descentralización del Estado y la solidaridad necesaria(artºs 2 y 138.1) para que , como señala la propia Constitución , todos los españoles tengan los mismos derechos y deberes, cualquiera que sea el lugar donde residan (artº 14), sin que ninguna comunidad autónoma tenga privilegios económicos o sociales sobre las demás (artº 138.2).

Aprobada la Constituciòn en referéndum el 6 de diciembre de 1978 y sancionada por el rey el 27 de diciembre de dicho año , una vez constituidos Congreso y Senado después de las elecciones del 1 de marzo de 1978 , las diecisiete comunidades autonomas y las dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla) creadas, comenzaron a presentar sus proyectos de Estatutos ( norma institucional básica de la comunidad) , siendo los primeros aprobados en diciembre de 1979 , el del País Vasco y el de Cataluña. El de Castilla la Mancha en julio de 1982 , fue el 11º de los aprobados junto con el de la Comunidad Foral de Navarra y Canarias , los tres últimos de la legislatura constituyente (1979-1982).

Los nacionalistas de Cataluña desde hace un siglo, el 25 de enero de este año se cumple el centenario , han pretendido tener un estatuto , que la dé privilegios sobre el resto de las regiones de España y siempre insistiendo con diversos matices según la permisibilidad de los gobiernos de turno , en que es una nación, en su derecho a la autodeterminación, a la celebración de un referéndum , en asumir las competencias en materia de educación y en recaudar todos los impuestos que generen. El primer estatuto que recogía estas peticiones , se le conoce como el de la Mancomunidad de Cataluña , siendo su principal impulsor , el presidente de la Lliga de las Regiones , Francesc Cambò(1876-1947) , pero ante las exigencias que recogía , no llegó a ser debatido , ya que lo impidió el gobierno que presidia nuestro paisano el Conde de Romanones (1863-1950).

El segundo estatuto catalán , denominado el Estatuto de Nuria(Gerona) , porque fue en este Santuario donde se redactó impulsado por Esquerra Republicana de Cataluña , que presidia Francesc Macià (1859-1933) y a su muerte Lluis Company (1882-1940) , estuvo en vigor hasta que Franco (1892-1975) lo derogó el 5 de abril de 1938. En él se recogía que los catalanes tendrían gobierno y parlamento , se les reconocia el derecho a la autodeterminación , a la supremacía de su lengua y se hablaba de ciudadanía catalana.

El siguiente estatuto , de acuerdo con las normas constitucionales de 1978, fue el Estatuto de Sau,(Barcelona) y se redacto en el parador de dicho municipio; en él se recogía la cooficialidad de la lengua catalana con la castellana , se les obligó a seguir manteniendo las diputaciones que querían suprimir , Cataluña no era reconocida en el mismo como nación y no se admitió el derecho a la autodeterminación que pretendían. Este Estatuto fuè aprobado en referéndum celebrado el 25 de octubre de 1979,  con una participación del 59,6% de votantes , de los que el 88,1% lo hicieron afirmativamente y estuvo en vigor hasta el 18 de junio de 2006.

Y llegamos al cuarto estatuto catalán, actualmente vigente el Estatuto de Miravet (Tarragona) , por ser este el lugar donde se realizò. Tuvo sus fundamentos en las palabras que Rodríguez Zapatero dijo el 13 de noviembre de 2003: “respetare en el Parlamento lo que apruebe el Parlamento Catalan ”, por lo que cuando fue presidente del Gobierno , los independentistas presentaron un estatuto de máximos , corregido por las Cortes Generales , que fue sometido a referéndum el 18 de junio de 2006. Acudieròn a las urnas el 49,41 % de los electores y le dieron el SI el 73,9% de los mismos; también el Tribunal Constitucional obligò a hacer varias correciones y suprimir algunas pretensiones, llevando en su contenido final privilegios a los ciudadanos catalanes sobre el resto de españoles . Cataluña nación fue sacado del articulado y llevado al preambulo , se ampliaron las competencias de la Agencia Tributaria Catalana en la recogida de impuestos , se obliga a conocer la lengua catalana a los ciudadanos que vivan en la comunidad y en lo que se refiere a la financiación, Rodriguez Zapatero les amplió los ingresos: el IRPF pasó del 33% al 50%; el IVA del 35% al 50% , los impuestos especiales (gasolina , diesel , bebidas,..) del 40% al 58% y adecuó las inversiones a Cataluña , no a las demás CC.AA. como Madrid ,que estaban por encima de la media del PIB. Así Cataluña recibirá en el presupuesto de 2019 el 18,5 % del dinero destinado a las mismas y las otras 16 comunidades autónomas y las dos ciudades autónomas, tendrán que repartirse el 81,5% restante.

Estaes la propuesta que Pedro Sanchez ha hecho a los independentistas catalanes ,para tratar de permanecer mas tiempo en la Moncloa.

Josè Maria Bris Gallego

17 de enero de 2019.

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