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La publicidad en el casco histórico deberá adaptarse a una nueva ordenanza menos permisiva

Castill-MarianoMariano del Castillo, concejal de Servicios Municipales, ha presentado hoy el texto de las dos nuevas ordenanzas municipales que se someterán para su aprobación en la sesión plenaria del mes de octubre. En concreto, se trata de la Ordenanza de Publicidad y la Ordenanza de Venta Ambulante. Los comercios del casco histórico tendrán 24 meses para adaptar su publicidad a las nuevas normas. Quedará prohibido en el centro histórico la colocación de vallas, carteleras, rótulos, etc.

 En el primero de los casos, se trata de una nueva normativa que regulará la publicidad realizada sobre cualquier actividad comercial, industrial o artesanal dentro del término municipal de Guadalajara, con especial relevancia, en su aplicación, en el Casco Histórico de la Ciudad. El objetivo principal de esta nueva herramienta legal será, tal y como ha explicado el edil, “proteger, mantener y mejorar los valores paisasjísticos y arquitectónicos de nuestro patrimonio”. Hasta ahora, tal y como ha recalcado, la publicidad generada por comercios, industrias, etc en la vía pública se circunscribía a lo establecido en el artículo 83 del Plan de Ordenación Municipal, que regulaba únicamente los aspectos relativos a la colocación de rótulos y banderolas, así como al artículo 29.1 de la Ordenanza de Edificación en polígonos industriales.

A partir de ahora, se tendrá una nueva herramienta que pretende cuidar la ciudad en general, pero muy particularmente el Casco Histórico, que es el área que sirve de tarjeta de prensentación a cuantos visitan la ciudad.

El articulado de esta nueva ordenanza se distribuye en tres títulos, en los que se recogen las medidas de orden técnico, las relativas a la protección del Casco Histórico y las de procedimiento administrativo.

A partir de la entrada en vigor de esta ordenanza, se tendrá un plazo de 24 meses para adaptar la publicidad existente a las nuevas normas que establece la ordenanza.

El concejal ha agradecido el esfuerzo realizado por los técnicos municipales para regular esta ordenanza “que cambia todo, puesto que antes no había más regulación que los citados artículos del P.O.M. o de la Ordenanza de Edificiaciones”. La ordenanza contempla una serie de sanciones de disciplina urbanística que van desde las consideradas leves, con sanciones de hasta 750 euros, o las muy graves, que se sancionarán con cantidades que podrán ir de los 1.5001 euros en adelante.

Desde la entrada en vigor, las entidades comerciales, industriales o artesanales que realicen una actividad deberán solicitar la correspondiente licencia y adaptar su “publicidad” a lo establecido en la ordenanza.  Sobre los tipos de publicidad en el casco histórico, aclarar que "no se permitirá la publicidad en carteleras y vallas, monolitos y tótems, grandes rótulos luminosos, objetos y formas corpóreas, publicidad mediante proyecciones o mediante sistemas electrónicos". 

Y otros soportes (pasquines, adhesivos, rótulos, banderolas, banderas, pancartas y lonas) tendrán un tratamiento especial.
La publicidad mediante vehículos tendrá una regulación específica.

También se regulará la colocación de caballetes publicitarios (de restaurantes, bares, comercios, etc.). De manera general, se permitirá un caballete por establecimiento, siempre y cuando no interfiera el tránsito.

Venta ambulante: ya no valdrá con ser de Guadalajara

Junto a esta nueva ordenanza, el concejal de Servicios Públicos ha presentado la que regulará la Venta Ambulante. A diferencia del caso anterior, en el caso de esta actividad sí existía una normativa desde el año 2007, pero ha habido que modificarla para adaptar su articulado a lo dispuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y a la reglamentación estatal. Además se han introducido una serie de sugerencias de los propios comerciantes sedentarios, así como otros aspectos aportados, -ha comentado el edil-por la propia experiencia de estos años.

Entre las novedades de la nueva Ordenanza se incluye la nueva baremación que se establecerá para otorgar puestos de venta ambulante, que se hará “con un criterio más técnico” y que no contemplará aspectos como los vínculos locales o el arraigo territorial: es decir, que prime el ser de Guadalajara para obtener un puesto o por el hecho de llevar muchos años viniendo, se tenga alguna ventaja.

Se incrementará el control de productos de temporada y cosecha propia, “pare evitar el fraude y la competencia desleal”. En este caso, la nueva ordenanza establecerá condiciones más estrictas para que los productos que se venden en la 3ª planta del mercado de abastos los días de Mercadillo, sean de producción propia y de temporada.

Con esta nueva ordenanza se dotará de una nueva herramienta legal a la Policía Local en el tema de decomiso de productos en venta, lo que, en opinión de Del Castillo “redundará en beneficio de los consumidores y en el de los comercios que pagan sus impuestos”. Se controlará además que cada puesto sea responsable de la limpieza del lugar que ocupan en el mercado.

La nueva ordenanza contemplará también la posibilidad de poder adjudicar a empresas la gestión de mercados ocasionales y periódicos, como los de navidad, artesanía, medievales, etc.

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