notification icon

Recibe alertas de lo último en Guadalajara

✓Totalmente GRATIS
✓Sin registrarte
✓Date de baja en cualquier momento

Un portal especializado estima en 16,2 millones el dinero a devolver en los municipios de Guadalajara

Según los cálculos realizados por una compañía especializada en reclamaciones, los municipios de Guadalajara tendrían que devolver 16,2 millones de euros a unos 3.600 contribuyentes por la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el impuesto de plusvalía.

 Aunque todavía no hay datos oficiales, y cualquier estimación hay que cogerla con prudencia, hay ya alguna compañía que se atreve a poner números a lo que significaría la aplicación de la sentencia del Tribunal Constitucional. Este es el caso de la compañía especializada reclamador.es, quien teniendo en cuenta el número de inmuebles que según Tinsa ha tributado de más por este impuesto en Castilla La Mancha, estima que la cifra asciende a 20.200 afectados, por lo que considerando el importe medio a recuperar por afectado estaríamos hablando de 90.900.000 euros como cantidad total potencialmente a reclamar a los 919 de Castilla-La Mancha.

En el caso de Guadalajara Guadalajara serían 3.600 los potenciales afectados y 16.200.000 euros a reclamamar. En Albacete 2.900 afectados y 13.050.000 €. En Ciudad Real 4.400 afectados y 19.800.000 €. En Cuenca 1.900 y 8.550.000 € y en Toledo 7.400 potenciales afectados y33.300.000 €.

Pablo Rabanal, fundador y ​CEO de reclamador.es los usuarios podrán recuperar lo pagado en los últimos 4 años a los ayuntamientos de más por este impuesto, unos 4.500 euros de media,y recuerda que "los ayuntamientos no lo devuelven de oficio, por lo que es necesario reclamar su devolución".

Plazos distintos

Según reclamador.es, hay que distinguir entre supuestos de autoliquidación (aquellos casos en los que el propio contribuyente presenta el impuesto y calcula la cuantía a pagar) y liquidación (aquellos otros en los que el contribuyente simplemente informa al Ayuntamiento de que se ha producido el hecho imponible del impuesto y es éste quien gira de oficio una liquidación al sujeto pasivo indicando el periodo de pago y la cuantía total).

Para los casos de autoliquidación, el plazo para instar la devolución del impuesto (a través de un escrito de rectificación de autoliquidación con solicitud de devolución de ingresos indebidos) es de cuatro años desde que se hizo efectivo el pago del impuesto.

En cambio, para los casos de liquidación, el plazo para instar la devolución del impuesto (a través de la presentación de un escrito de reposición o directamente mediante la presentación de una reclamación económico-administrativa) será de un mes desde que se notificó el acto.

Cómo reclamar.

Como señala Ramiro Salamanca, "​p​ara reclamar la devolución del impuesto, serán necesarias las escrituras de compra y venta del inmueble (o, en los casos de sucesión o donación, las escrituras que acrediten la adquisición y transmisión del bien), la autoliquidación presentada o liquidación girada ante/por el ayuntamiento correspondiente y justificante de pago del impuesto. En ocasiones, también será necesario aportar tasación o informe pericial".

¿Los ayuntamientos son los que tienen que devolver este dinero?

Salamanca aclara que "son los ayuntamientos quienes tienen la gestión tributaria del impuesto de plusvalía municipal, no obstante, en ocasiones, estos delegan dicha gestión a las Diputaciones Provinciales. En esos casos, las reclamaciones deberán dirigirse ante aquellas, con independencia de que el obligado final al pago sea el ayuntamiento, pues es quien en su día recibió el impuesto abonado por parte del contribuyente".

Notificaciones

¿Quieres desactivar las notificationes? Dejarás de recibir la última hora de Guadalajara.

Este sitio web usa Cookies para mejorar y optimizar la experiencia del usuario. Al utilizar nuestros servicios, aceptas el uso que hacemos de las cookies. Ver política